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Las dudas más comunes de autónomos y empresas en España, respondidas con fuentes oficiales.
En 2026 el autónomo cotiza según sus ingresos reales (15 tramos). La cuota mínima ronda los 206 €/mes y sube según el rendimiento neto. Los nuevos autónomos pueden acogerse a la tarifa plana de 80 €/mes durante el primer año. El tipo total de cotización es del 31,5%.
Principalmente IRPF (con pagos trimestrales mediante el modelo 130 o 131 y la declaración anual de la Renta) e IVA (modelo 303 trimestral y resumen anual 390). Además cotiza a la Seguridad Social en el RETA. Si tiene trabajadores o paga alquileres, presenta también retenciones (modelos 111 y 115).
Verifactu es el sistema antifraude de la AEAT que exige que el software de facturación genere registros inalterables con huella y código QR. Tras el último aplazamiento, será obligatorio el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos. En el País Vasco se usa TicketBAI.
En la Península y Baleares el tipo general es del 21%, el reducido del 10% (hostelería, transporte de viajeros…) y el superreducido del 4% (alimentos básicos, libros, medicamentos). En Canarias no se aplica IVA sino IGIC (general 7%), y en Ceuta y Melilla el IPSI.
Cuando eres profesional y facturas a una empresa u otro profesional: la retención es del 15% (7% los primeros años de actividad). Si facturas a particulares no se aplica retención. Las actividades comerciales o empresariales (tienda, hostelería…) normalmente no llevan retención.
Los módulos (estimación objetiva) calculan lo que pagas según parámetros fijos de tu actividad (metros, empleados, potencia…) en vez de tus ingresos reales. Solo pueden usarlos ciertas actividades (bares, taxis, peluquerías…) que no superen los límites: 250.000 € de ingresos y 250.000 € de compras al año en 2026.
El Impuesto sobre Sociedades. El tipo general es del 25%, pero las microempresas (facturación < 1 M€) tributan al 19% sobre los primeros 50.000 € y al 21% el resto, y las pymes de reducida dimensión (< 10 M€) al 23%. Las empresas nuevas y las startups pueden aplicar el 15%.
Los modelos trimestrales (130, 131, 303, 111, 115) se presentan del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y el cuarto trimestre del 1 al 20 de enero (el IVA 303 del 4T, hasta el 30 de enero). La declaración de la Renta se presenta entre abril y el 30 de junio.